POR FIN, JUICIO A TODOS LOS INVERECUNDOS DE CHILE
Iltma. Corte de Apelaciones
Materia: Querella Derechos Humanos
Ministro: Sr. Mario Carroza
Procedimiento: Código de Procedimiento Penal
En lo principal, querella criminal por delitos que indica; En el Primer Otrosí, Solicita exención de fianza de calumnias; En el Segundo Otrosí, Solicita diligencias; En el Tercer Otrosí, Acompaña documentos. ; En el Cuarto Otrosí, Solicita se traiga expediente a la vista; En el Quinto Otrosí, Patrocinio y Poder.-
SEÑOR MINISTRO
LORENA PIZARRO SIERRA, cédula de identidad nº10.434.621 - 9, Presidenta de la organización denominada “AGRUPACION DE FAMILIARES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS”, AFDD, RUT nº72.366.200 -1, y ALICIA LIRA MATUS, cédula de identidad nº 5.579.740-4, Presidenta de la Organización No Gubernamental, ONG, denominada “AGRUPACIÓN DE FAMILIARES DE EJECUTADOS POLÍTICOS”, AFEP, RUT 73.878.600-9, creada por Decreto Nº 835 de 22 de agosto de 1996, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Agustinas nº 1022, oficina 328, Santiago Centro, a SS Iltma. respetuosamente decimos :
Que por este acto entablamos querella criminal por los delitos que se describe en el cuerpo de este escrito en contra de todos quienes corresponda, chilenos o extranjeros, militares o civiles, en relación a los crímenes perpetrados con ocasión del golpe militar del 11 de septiembre de 1973 y que constituyen la estructura y esencia misma de esa sublevación antidemocrática que abrió paso al genocidio que los tribunales investigan hasta hoy, pero sin que hasta ahora se juzgue el golpe en sí y los delitos que ese propio acto implica.
El golpe en sí mismo y los ilícitos penales cometidos el propio 11 de septiembre del 73 constituyen delitos de lesa humanidad, imprescriptibles de acuerdo a los Tratados Internacionales suscritos por Chile que gozan de rango constitucional y de acuerdo además con la propia Jurisprudencia de nuestros tribunales y en especial de nuestra Excma. Corte Suprema en fallos reiterados.
1.- LOS HECHOS :
Como es de conocimiento de general, en los años de la dictadura y pese a los notables esfuerzos de los familiares de las víctimas y de sus organizaciones, con el apoyo de un grupo de abogados, de entidades humanitarias y religiosas y de la elevada actitud de determinados jueces y ministros de Corte, lo objetivo es que el avance en materia de investigación y juzgamiento de los crímenes de lesa humanidad perpetrados en nuestro país durante la dictadura militar encabezada por Augusto Pinochet, fue escaso y excepcional.
La querella presentada en enero de 1998 en las nuevas condiciones del país y acogida a trámite por del Poder Judicial a través de la Corte de Apelaciones de Santiago, fue la que abrió paso a una etapa nueva en la historia judicial chilena. A fines de ese mismo año eran alrededor de 400 las querellas contra Pinochet y los demás responsables de las debía conocer un solo magistrado, el Ministro del Fuero don Juan Guzmán Tapia. Entre ellas las de casos emblemáticos como los de “Calle Conferencia”, “Caso de los 119”, “Operación Cóndor”, “Caravana de la muerte”, “Colonia Dignidad” y muchos otros.
El elevado número de querellas determinó a las autoridades judiciales a distribuir las causas entre un reducido grupo de jueces llamados “de dedicación especial” que permitió la agilización relativa de los procesos en curso, los que hasta hoy no terminan de modo definitivo. Todavía más: el año 2010 se inició la presentación por parte de la AFEP de 1.300 nuevas querellas que corresponden a igual número de casos nunca antes investigados. Entre ellos figuran los del Presidente Allende y el General Bachelet.
En su inmensa mayoría esas nuevas querellas corresponden a los asesinatos de centenares de chilenas y chilenos anónimos, de todas las edades, sexo y condición social.
A estas fechas, tanto el tribunal de SS. Itma. como otros a los que se ha derivado causas, han obtenido logros judiciales significativos y concretos que anidan la esperanza de recuperar a plenitud la confianza en nuestros tribunales.
De lo dicho se concluye categóricamente que se encuentra establecido por los órganos pertinentes del Estado de Chile la existencia real de crímenes de lesa humanidad cometidos por agentes del Estado a partir del 11 de septiembre de 1973 y hasta el término de la dictadura, con la complicidad de numerosos civiles y medios de prensa comprometidos con ese régimen antidemocrático.
Está por tanto establecido que hubo centenares de detenidos desaparecidos y miles de ejecutados ilegalmente, torturados, violados y violadas y prisioneros sin juicio.
Es más, se ha sometido a proceso y condenado a algunas decenas de esos agentes del Estado, de los que unos 70 de ellos se encuentran hoy en prisión cumpliendo las penas impuestas de conformidad a la ley, luego de un debido proceso.
Esta es la verdad objetiva, esto es parte indiscutible de la historia judicial del país y esta situación contribuye objetivamente, aunque sea todavía de forma parcial, a los nobles propósitos de verdad y justicia que son contribuyentes del propósito superior de desarrollo y consolidación de la democracia.
Sin embargo sigue pendiente una carencia jurídica y judicial fundamental, como es el enjuiciamiento del origen mismo de las múltiples violaciones a los derechos humanos, esto es al golpe de Estado del 11 de septiembre del 73 como tal y los delitos previos que esa operación político militar conllevó.
Así como la confesa participación en ellos, en diversas condiciones jurídicas, de personas y autoridades de estados extranjeros lo que constituyò un gravísimo atentado a la soberanía nacional, que contó con la complicidad de nacionales, civiles y militares.
Ese criminal golpe no fue por cierto una locura matinal del dictador. Ese crimen de lesa patria y de lesa humanidad se vino fraguando con tiempo y en esa sórdida conspiración de políticos, mandos de las Fuerzas Armadas, dueños de medios de prensa, poderosos empresarios y aparatos de inteligencia extranjeros, participaron muchos individuos que nunca han sido procesados y que siguen gozando de inmerecida impunidad y libertad.
No podrá cerrarse jamás este negro capítulo de la historia si no se abre proceso en contra de los crímenes del golpe mismo en sí y del conjunto de ilícitos que se perpetraron.
¿Cómo podría explicarse que se juzgó las consecuencias y no la causa de los crímenes? ¿Puede haber crímenes tan alevosos como este genocidio cuya causa sea legítima?
¿Fueron sólo “excesos de autoridad” como sostienen varios de los que hace mucho que debieran estar encarcelados?. Si sólo fuera eso, ¿cómo se explican los numerosos juicios de derechos humanos ya con sentencia definitiva? Una necesidad elemental de justicia y racionalidad jurídica motivan la presente acción penal.
Entrando en materia, digamos que constituyen hoy verdades indiscutibles científicamente comprobadas, tanto el carácter criminal del golpe, la presencia en su preparación y ejecución de parte de una potencia extranjera y el papel de sus servicios de inteligencia, la conspiración previa entre políticos chilenos, miembros de las Fuerzas Armadas y el auspicio de la Central de Inteligencia norteamericana, la CIA. Es más, todo ha sido expresamente investigado en primer lugar por organismos del propio Estado norteamericano. Baste sólo con mencionar el llamado INFORME CHURCH del Senado norteamericano, luego los numerosos documentos esclasificados de la CIA y, adicionalmente, el denominado INFORME HINCHEY.
La primera sesión del Senado del 94 Congreso de la Unión de los EEUU de Norteamérica, de fecha 18 de diciembre de 1975, conoció del Informe acerca de la Acción Encubierta en Chile entre los años 1963 a 1973 preparado por llevada a cabo por la Comisión Electa para el Estudio de Operaciones Gubernamentales concernientes a Actividades de Inteligencia, que incluye el papel de las Corporaciones Multinacionales en la sedición.
Esta importante Comisión fue presidida por el Senador republicano por Idaho, señor Franck Church e integrada por una veintena de parlamentarios estadounidenses y funcionarios especializados. Es la razón por la que se le conoce mundialmente como el “Informe Church”. Un documento a prueba de toda duda o suspicacia pues se trata de un texto elaborado por personas que por su militancia política más bien son afines a los golpistas y en ningún caso de progresistas enemigos de la dictadura.
Como dice su propia introducción: “Las declaraciones de los hechos contenidos en este informe son verdaderas bajo las mejores cualidades del personal de la Comisión para determinarlos. El informe y todos los juicios expresados en él están probados. Varias áreas son meramente mencionadas en él; la investigación en estas áreas continúa.”
“El fin del informe es señalar los hechos básicos de la acción encubierta en Chile para capacitar a la Comisión y sostener audiencias públicas. Este informe está basado en una extensa revisión de documentos de la Agencia Central de Inteligencia, El Departamento de Estado y Defensa, y el Consejo de Seguridad Nacional; y bajo testimonio de oficiales y antiguos oficiales.
Con muy pocas excepciones, algunos nombres de chilenos y de Instituciones Chilenas, han sido omitidos para evitar revelaciones de fuentes y métodos de inteligencia y para evitar daños innecesarios a chilenos que cooperan con la Agencia Central de Inteligencia. Sin embargo, el informe procura ofrecer una imagen exacta del alcance, los fines y la magnitud de la acción encubierta de los Estados Unidos en Chile.”
El importante documento desarrolla lo que fueron las acciones subversivas encubiertas entre los servicios de inteligencia norteamericanos y políticos chilenos y propietarios de medios de comunicación, sus técnicas, las actividades clandestinas, presencia de las grandes empresas, el apoyo con dinero a determinados partidos políticos chilenos, papel de EEUU en las elecciones presidenciales chilenas de 1964 y de 1970, su influencia en determinados medios de comunicación, la desestabilización económica y política contra el gobierno del Presidente Allende así como las acciones llevadas a cabo a partir del 73, incluídos el enlace y colaboración con las policías nacionales y los servicios de inteligencia y contrainteligencia de las FFAA chilenas.
Se demuestra en este documento –que emana al fin y al cabo del propio Estado norteamericano- que mediante la inversión de millones de dólares se compró la conciencia y la acción de un vasto grupo de políticos, de parlamentarios y empresarios.
El fin era clarísimo: impedir que en Chile se produjera todo proceso de cambio social, económico o político que pudiera afectar los intereses norteamericanos en Chile.
Para ello, entre otros, se puso en movimiento a organizaciones terroristas como “Patria y Libertad” dirigida por el abogado Pablo Rodríguez Grez o el Comando Rolando Matus; se entregó cuantiosos recursos a gremios como el de los camioneros o a líderes del comercio, se provocó el acaparamiento y la escasez de productos, el estallido de bombas y la ejecución de atentados, las huelgas patronales y del transporte y se captó a dirigentes políticos de derecha y de centro.
Como se señala en el Informe, “los esfuerzos de los Estados Unidos para alterar el curso de la política chilena alcanzó la cima en 1970: la CIA fue orientada a emprender un esfuerzo para promover un golpe militar en Chile, evitando así el ascenso al poder de Salvador Allende. Esta tentativa, también llamada "Plan de Operaciones II", es el tema de un informe individual de la Comisión y será tratado abajo, en la sección III. Aquí, un breve resumen demostrará la extrema intervención encubierta americana en la política chilena.”
“El 15 de septiembre de 1970 -después de que Allende terminara primero en las elecciones pero antes de que el Congreso chileno hubiera elegido entre él y el candidato, Alessandri |4|- el Presidente Nixon se reunió con Richard Helms, el Director de la Central de Inteligencia, el asistente al Presidente para asuntos de Seguridad Nacional Henry Kissinger y el procurador general John Mitchell. Helms fue comisionado para prevenir que Allende se hiciera con el poder. Este empeño se llevó a cabo sin el conocimiento del Departamento de Estado y Defensa o del Embajador.”
“Rápidamente resultó evidente tanto para la Casa Blanca como para los oficiales de la CIA que un golpe militar era la única solución para evitar el ascenso de Allende al poder. Para lograr este fin, la CIA estableció contacto con varios grupos de conspiradores militares y finalmente pasó armas y gas lacrimógeno a uno de ellos. La CIA sabía que los planes de todos los grupos de conspiradores se iniciaban con el secuestro del constitucionalista Jefe del Estado Mayor del Ejército, General Rene Schneider.”
Sólo la Agencia Central de Inteligencia de los EEUU, la CIA, gastó secretamente ocho millones de dólares entre 1970 y el golpe militar en Septiembre 1973, con más de tres millones de dólares gastados en el año fiscal 1972. El Informe consigna detalladamente las sumas de dólares invertidas para financiar la ofensiva de los diarios de la empresa de “El Mercurio” de propiedad de Agustin Edwards así como la huelga de los camioneros en contra del gobierno constitucional elegido en 1970.
Consigna además los pagos a partidos chilenos, la determinación personalizada de los candidatos al parlamento a los que la CIA entregaría fondos así como los pagos para la infiltración en el movimiento estudiantil y en la Central de Trabajadores.
Como ya dijimos, también consta allí la directa participación norteamericana en el asesinato del general constitucionalista René Schneider.
Nuestra realidad actual muestra que lograron su objetivo plenamente.
Gracias a la dictadura impusieron un modelo económico, político y social acorde a sus fines, excluyente, desolidarizado, basado en la ganancia y la apropiación, dependiente del capital extranjero. El Cobre en los hechos está desnacionalizado y en Chile, en suma, no se recupera todavía una democracia plena.
Para ello se llevó a cabo el golpe de Estado que cristalizó el 11 de septiembre del 73 con la realización de un conjunto de ilícitos cometidos ese mismo día y que nunca han sido sancionados.
Si hemos hecho esta larga relación inicial es precisamente para recordar y explicar el contexto general en que se enmarcó la comisión de los delitos cuya investigación judicial reclamamos.
Por si fuera insuficiente, nos hacemos un deber en señalar que en respuesta a la Sección 311 de la Ley de Autorización en Materia de Inteligencia (Intelligence Authorization Act) para el Año Fiscal 2000, conocida más bien como la "Enmienda Hinchey", la Comunidad de Inteligencia (CI), dirigida por el Consejo Nacional de Inteligencia, revisó una serie de archivos relevantes de la CIA de ese período, básicamente a partir de recientes búsquedas documentales y estudió gran número de informes del Congreso concernientes a las actividades en Chile en los años 60 y 70.
Asimismo dicha Comunidad revisó las memorias de figuras clave, incluidas las de Richard Nixon y Henry Kissinger; revisó el archivo histórico oral de la CIA que se encuentra en el Centro de Estudios de Inteligencia; y, consultó con funcionarios de inteligencia en retiro que estuvieron directamente involucrados.
Esta amplia base de información otorga una gran fiabilidad a los hechos establecidos y que hemos intentado resumir en el presente escrito.
Resulta pues indispensable desde el punto de vista legal, judicial y ético, establecer judicialmente las responsabilidades de cada cual en los crímenes de lesa humanidad previamente perpetrados camino del asalto al palacio de la Moneda, así como los cometidos o iniciados el mismo día del golpe y sólo así podrá entenderse que el Poder Judicial de Chile cumplió cabalmente su papel de juzgar estos graves delitos.
Huelga comentar por ser hechos suficientemente conocidos que el mismo día 11 de septiembre del 73, junto con concretar y consumar el delito largamente preparado con mucho tiempo de antelación por los sediciosos, militares y civiles, se perpetró una serie de delitos conexos tales como el innecesario y abominable bombardeo a La Moneda, el despliegue de tropas militares por todo el país aterrorizando a la población y asesinando inocentes, torturando, saqueando propiedades.
El propio asalto armado a La Moneda es en sí un ilícito impune hasta hoy.
La inmensa mayoría de estos delitos relacionados estrechamente con el golpe y que forman parte del mismo ilícito no han sido investigados o lo han sido aisladamente. Tampoco se investigó nunca los actos terroristas que los golpistas cometieron en preparación del golpe
2.- LOS ILÍCITOS PENALES:
Las conductas descritas importan a lo menos la existencia de los delitos previstos y sancionados por los artículos 121 y 122 del Código Penal, vigentes en la época de los hechos, de sublevación y rebelión contemplados en las normas citadas.
Esto es, alzarse a mano armada contra el gobierno legalmente constituido con el objeto de promover la guerra civil, de cambiar la Constitución del Estado o su forma de gobierno, privar de sus funciones o impedir que entren al ejercicio de ellas al Presidente de la República o al que haga sus veces, a los miembros del Congreso Nacional o de los Tribunales Superiores de Justicia.
En efecto, el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, por la fuerza de las armas y a través de Mandos Militares y Decretos Leyes, dejó sin efecto la vigencia de la Constitución Política de 1925, atentó contra entes políticos, destituyendo al Presidente de la República, disolvió el Congreso Nacional e intervino el Poder Judicial.
Al mismo tiempo los golpistas del 73 cometieron crímenes en contra de Ministros de Estado, vice ministros o subsecretarios. Jefes de servicio, intendentes, gobernadores, alcaldes y todo tipo de funcionarios públicos. Esos crímenes según los casos, fueron asesinatos, ejecuciones sumarias, torturas o privación ilegítima de libertad.
Los hechos expuestos tipificaron también el delito previsto y sancionado en el artículo 122 del Código Penal, esto es, a los que induciendo a los alzados, hubieren promovido o sostuvieron la sublevación y los caudillos principales de esta, siendo coautores de la rebelión, sea como autores, ejecutores o como autores instigadores que tuvieron alguna forma de intervención personal o directa en el alzamiento mismo aunque no consista en su presencia física a la cabeza de los sublevados o en el sitio de los sucesos.
Se configuran por supuesto también los delitos de homicidios, y el de lesiones graves, sean consumados o en grado de tentativa, respecto de las personas a las que les alcanzaron los disparos o bombas lanzadas por los asaltantes del Palacio de La Moneda.
Existe por supuesto el delito de daños a la propiedad del Estado y el delito de incendio, los que se configuran a partir del muy cobarde bombardeo a La Moneda.
Además, se configura el delito de Asociación Ilícita, previsto y sancionado en el artículo 292 del Código Penal, que sanciona a la asociación formada con el objeto de atentar contra el orden social y contra las personas.
El golpe de Estado de 11 de septiembre de 1973, como ya se ha descrito en el cuerpo de este escrito, fue planificado por una potencia extranjera aliada con elementos civiles y militares nacionales y perpetrado por grupos militares y civiles organizados, con el objeto de alzarse a mano armada contra el gobierno democrático y constitucional, pero además, de secuestrar, torturar y asesinar a miles de militantes y partidarios del gobierno constitucional, por razones políticas.
Ello configura un tipo de asociación ilícita asimilable al delito de genocidio, definido en la Convención para la prevención y sanción del delito publicado en el Diario Oficial de fecha 11 de diciembre de 1953.
Esto es, destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, social y religioso y actualmente sancionado en la Ley 20.357, publicado con fecha 18 de julio de 2009 en su artículo 11 y 15 sobre Asociación Ilícita para cometer delitos de lesa humanidad o genocidio.
Los ejecutores uniformados y civiles del episodio más trágico de la historia de Chile han cometido además delitos contemplados en el Código de Justicia Militar, especialmente los descritos en ellos Títulos II, IV, V y VI de dicho cuerpo legal y que el tribunal de SS. Itma. deberá igualmente considerar.
Desde luego la traición, el espionaje y otros crímenes que afectan gravemente a la soberanía y a la seguridad exterior del Estado, estatuídos en los arts. 244 a 258 del citado Código de Justicia Militar.
Téngase presente que Pinochet y el alto mando de la época eran los responsables del plan de defensa de la seguridad personal del Presidente de la República, Doctor Salvador Allende, y de la defensa del orden constitucional de la nación ante las crecientes amenazas golpistas de la época.
No cabe olvidar que en junio del mismo 1973 hubo un intento fallido de golpe de Estado conocido como el “tanquetazo” o “tancazo” para diferenciarlo del intento golpista del general Roberto Viaux de algunos años anteriores, conocido como “Tacnazo” por provenir de efectivos del regimiento Tacna.
Fue entonces que Pinochet y su grupo fueron designados garantes de la preservación del orden constitucional del país, mientras que el jefe del grupo terrorista y golpista “Patria y Libertad”, instigador del golpismo, el abogado Pablo Rodríguez Grez, se asilaba en una embajada y salía del país para evitar su juzgamiento por tales hechos contra el orden y la seguridad nacionales.
Los ilícitos por los que nos querellamos constituyen también los delitos contra el orden y seguridad del ejército a que se refiere el Título V del citado CJM. Por cierto además importan la comisión de los delitos contra los deberes y el honor militares sancionados en el Título VI del mismo CJM.
Se cometieron asimismo los delitos inferidos por funcionarios públicos a los derechos garantidos por la Constitución descritos en los arts. 148 y sgts. del párrafo 4ª del Título III del Libro II del Código Penal.
Ha de considerarse además los ilícitos penales contemplados en la Ley de Seguridad Interior del Estado vigente en septiembre del 73 que sanciona varias de las conductas de los querellados entre ellas desacato, ultraje y otras.
El golpe que destruyó la historia constitucional chilena y violó la entonces vigente Constitución Política de 1925, vulnera además Tratados y Convenios Internacionales de los que Chile es parte.
Entre ellos los Convenios de Ginebra, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención contra la Tortura, la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Si se tiene en consideración la penetración extranjera en la política y en las Fuerzas Armadas chilenas, de la que dan cuenta numerosas y serias investigaciones nacionales e internacionales, se concluye en la naturaleza esencialmente delictiva, antidemocrática y antipatriótica del proceder de los autores civiles y uniformados del golpe de Estado de septiembre de 1973.
Es hora ya de romper el largo silencio y permitir que los tribunales nacionales actúen conforme a Derecho.
3.- LOS RESPONSABLES :
Será el tribunal el que en definitiva resuelva la responsabilidad que a cada cual le corresponde; sin embargo de lo cual desde ya corresponde señalar a los altos mandos de esa época de las Fuerzas Armadas, del Cuerpo de Carabineros y del Servicio de Investigaciones. Así como a los responsables de la Embajada de los EEUU de Norteamérica en Chile. Pero, muy especialmente, a los dirigentes políticos de la oposición al Gobierno constitucional del Presidente Salvador Allende. La inmensa mayoría de todos los cuales siguen su vida a la fecha en la mayor impunidad e incluso algunos ocupando cargos de responsabilidad en el aparato del Estado.
Serán asimismo los tribunales quienes determinen las responsabilidades por cada uno de los claros actos preparatorios del crimen de lesa patria por el que nos querellamos. Nos referimos por ejemplo al acuerdo sedicioso de la Cámara de Diputados del mes de agosto de 1973 y otras declaraciones especialmente preparadas para crear el clima propicio que buscaban los conjurados, entre otros al pronunciamiento político de la Corte Suprema de la época.
Del mismo modo debe investigarse la responsabilidad de los dueños de los medios de comunicación golpistas y de algunos periodistas coludidos con el golpe, como se demostrará en este juicio.
Una revisión de la prensa de la época inmediatamente previa al golpe del 73 nos revela toda la verdad y entrega los nombres precisos. Diarios como El Mercurio, La Tercera, Tribuna, La Segunda, etc., todos afines a la conspiración o partícipes directos, como los medios de la cadena de prensa del Mercurio, entregan antecedentes contundentes para la investigación judicial. A modo ilustrativo, consignamos a continuación algunos datos históricos; en este caso la fuente principal, aunque no la única, es el libro de la periodista Mónica González “La Conjura, los Mil y un día del golpe”, editorial Catalonia, octubre 2012, uno de los más serios y completos.
La obra citada nos recuerda que a pocos días de la elección de Salvador Allende como Presidente de la República, exactamente el día 9 de septiembre de 1970 el embajador de los EEUU en Chile, Mr. Korry había enviado al Presidente Nixon el siguiente mensaje: “una y sólo una esperanza: el futuro de Chile será decidido por un solo hombre: Frei. Creo que él está jugando sus cartas con extraordinaria astucia”.
Poco después la Junta Nacional de la Democracia Cristiana de octubre de 1970 exigió a la Unidad Popular un Estatuto de Garantías que debía transformarse en Reforma Constitucional, como condición para apoyar a Allende en el Congreso. Patricio Aylwin dijo entonces: “Reconocemos su derecho, pero no está aún elegido, de nosotros depende. Y como de nosotros depende, tenemos que negociar en condiciones de fuerza.” Y agregó Aylwin: “En ese momento Sergio Ossa Pretot, Ministro de Defensa, nos hizo saber que los mandos de la FFAA estaban preocupados por la politización del ejército bajo un gobierno de izquierda”. Añadió entonces el ahora ex presidente que procedieron a reunirse en su casa, privadamente con los mandos de las FFAA. No era la primera reunión entre altos dirigentes de la DC y los militares. Tampoco fue la última.
En ellas participaban personajes políticos, vivos hoy, y que ni siquiera han sido citados a declarar por su responsabilidad objetiva en la criminal conjura.
Los sectores más extremos, con apoyo norteamericano, estaban abiertamente por desatar el caos e impedir que Allende asumiera la presidencia. Un obstáculo era la actitud constitucionalista del General Schneider. Por esos mismos días apareció con fuerza en la política, como ya señalamos, el abogado Pablo Rodríguez al frente de un nuevo movimiento fascista “Patria y Libertad“.
Su discurso era claramente provocador y amenazante: “…si quieren guerra civil, aquí estamos nosotros de pié” y planteaba abiertamente impedir la asunción de Allende como Presidente.
Por varios atentados terroristas, el 28 de septiembre de 1970 fueron detenidos Enrique Schilling y Luis Abelardo Meza que habían provocado explosiones de bombas. Al amanecer del 2 de octubre de ese año estos terroristas hicieron explotar un estanque de 120.000 litros de combustible en el aeródromo de Pudahuel y luego intentaron volar con dinamita un paso nivel en Avda. Mata.
Otro terrorista de ultra derecha era Enrique Arancibia Clavel, hijo de un capitán de fragata y hermano de oficiales de la armada y del ejército. Dejamos constancia que, curiosamente, los jueces de la época dejaban de inmediato en libertad a los terroristas. La conspiración continuó con el asesinato del general René Schneider, operativo en que participó el General Camilo Valenzuela que recibió 50.000 dólares de mano del agente de la CIA, Paul Wimer, quien también entregó una suma similar al almirante Fernando Porta Angulo.
El 14 de septiembre de 1970 en la embajada norteamericana en Santiago ya se discutía las variantes golpistas y se distribuía miles de dólares para sobornar a los congresistas chilenos. Un plan sedicioso independiente que constaba con numerosos agentes distribuidos en cuarteles y oficinas, llevaba a cabo el grupo ejecutivo de la empresa norteamericana de telecomunicaciones, la poderosa ITT, dueña de los teléfonos de Chile y que fuera años más tarde estatizada por el gobierno de Allende.
Los conspirados nacionales y extranjeros con el apoyo de los medios de comunicación lanzaron otra variante de su ofensiva, como fue la creación del caos económico del país.
El 22 de octubre de 1970 por la mañana, se llevó a cabo la llamada “Operación Alfa”, en la que participaron numerosos terroristas encabezados por Juan Luis Bulnes Cerda, los hermanos Izquierdo Menéndez, Carlos Silva Donoso, Roberto Vinet, que atacaron el vehículo en que se desplazaba René Schneider, dándole muerte a balazos.
A las 48 horas siguientes debía ser proclamado el nuevo presidente de la república por el Congreso Pleno. El plan de los golpistas fracasó. Allende fue aclamado Presidente. Pero la ofensiva para derrocar al gobierno constitucional recién comenzaba.
Entre las figuras de extrema derecha involucradas en el asesinato de Schneider y luego en las maniobras golpistas estaban los uniformados Roberto Viaux, Camilo Valenzuela, Joaquín García, Hugo Tirado, Vicente Huerta, de las distintas ramas de las FFAA y carabineros y también civiles como el abogado Guillermo Carey y su colega Sergio Miranda Carrington, fundador del movimiento “No entreguemos Chile”. A su vez, la conspiración al interior del ejército continuaba su marcha.
El gran empresariado nacional no estaba ajeno en absoluto a lo que ocurría. Un papel destacado jugaba Agustín Edwards, propietario de El Mercurio y fundador en 1968 junto a oficiales retirados de la Armada de una llamada “Cofradía Náutica del Pacífico Austral”. Allí se incorporaron los almirantes José Toribio Merino, Patricio Carvajal, Arturo Troncoso, Roberto Kelly y Hernán Cubillos. Este grupo de escogidos mantenía activos contactos con los servicios secretos norteamericanos. Debe mencionarse también a René Silva Espejo, que dirigió El Mercurio y que tenía contactos de alto nivel con las FFAA.
En septiembre de 1971 los empresarios con el apoyo de la citada Cofradía realizaron un seminario en el Hotel O`Higins de Viña del Mar. En ese cónclave golpista estuvieron Javier Vial, Hernán Cubillos y Eugenio Heiremans.
A la par, seguía activo el movimiento nacionalista ultrareaccionario “Patria y Libertad”. El general Alexander Haig recomendó por escrito entregarle recursos a Pablo Rodríguez. Acompañaban a dicho abogado, que en su juventud había militado en el Partido Radical, personajes como Roberto Thieme, el que años después contrajo matrimonio con la hija mayor del dictador.
Al complot se sumaba la Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) y también la Sociedad Nacional de Agricultura con Benjamín Matte, Alvaro Puga y Enrique Campos Menéndez.
Mientras, decenas de miles de dólares llegaban a Patria y Libertad, uno de cuyos principales contribuyentes era el gerente general de Ladeco, Juan Costabal. No es casual que uno de los principales ideólogos de la dictadura fascista chilena, Jaime Guzmán, participara en la fundación de Patria y Libertad en el estadio Nataniel. Guzman era Opus Dei y franquista.
Como señala la periodista Mónica González en su obra ya citada, sólo el primer año del gobierno de Allende los aportes norteamericanos para la desestabilización y el golpe en Chile, superaron los 2 ,5 millones de dólares. Así lo consigan el informe oficial del senado de los EEUU.
Un episodio importante de esta asociación ilícita conspirativa fue el paro de octubre de 1972 y el alzamiento del general Alfredo Canales. En este episodio como en otros, juega un papel muy importante la Colonia Dignidad ubicada en Parral, predio de 16.000 hectáreas fundado en los años 60 por Paul Schàffer y que fuera un cuartel general de la dictadura en el que se ejecutó y se hizo desaparecer a decenas de chilenas y chilenos.
Las relaciones políticas de Colonia Dignidad con los golpistas y con figuras civiles es pública y notoria, como podrá declararlo entre otros Federico Willoughby, miembro de la dirección de Patria y Libertad, ejecutivo de una empresa norteamericana y que por esas sugestivas coincidencias de la historia terminó siendo asesor del presidente Patricio Aylwin, después de la dictadura.
Quien ha aportado datos relevantes respecto de como se preparó el golpe que abrió paso al genocidio es don Orlando Saenz expresidente de la Sofofa, quien relata el papel jugado por diversos personajes.
Entre ellos León Villarín, Rafael Cumsille, Raúl Bazán, Jaime Guzmán, Pablo Rodríguez, Sergio de Castro, Sergio Undurraga, Arturo Fontaine, Emilio Sanfuentes, Alvaro Bardón.
Casi todos estos personajes están vivos, conocen acabadamente los hechos y deberán prestar declaración en el proceso. La lista es larga y sólo a vía de ejemplo señalemos a Hermógenes Pérez de Arce, Pedro Ewing, Federico Willoughby, Roberto Kelly, Pablo Baraona, Emilio Sanfuentes, José Radic, Gonzalo Vial y tantos otros que en su momento se solicitará sean citados ante el tribunal.
Episodios relevantes de la conspiración son el llamado “Comité de los 15” o el “complot del pastel de choclo”. Luego vendría el asesinato del Comandante Araya de la Armada, la voladura de torres y tuberías, el paro de los transportistas, la asonada de junio del 73, el acuerdo de la Cámara de Diputados, y finalmente el golpe y los brutales crímenes hoy en manos de los tribunales, con su correspondiente operativo de inteligencia: el llamado “Plan Z” y luego el “Libro Blanco del cambio de gobierno en Chile”.
Recordemos finalmente que don Patricio Aylwin, destacado dirigente político que ha ocupado los más altos cargos institucionales del país, declaró el 26 de agosto de 1973 al periódico norteamericano “The Washington Post” que si a él le dieran a elegir “entre una dictadura marxista y una dictadura de nuestros militares, yo eligiría la segunda”. ¿Hay algo más claro de abierto apoyo al golpe que se veía entonces como un real peligro para la estabilidad democrática?
El mismo personaje, actualmente vivo, pocos días después del golpe de Estado, declaró a la prensa el 17 de septiembre de 1973 que “el gobierno de Allende había agotado, en el mayor fracaso, la “vía chilena al socialismo” y se aprestaba a consumar un autogolpe para instaurar por la fuerza la dictadura comunista”
4.- LAS AGRAVANTES :
Los delitos perpetrados el 11 de septiembre de 1973, tanto en Santiago como en casi todas las ciudades y pueblos de Chile, fueron cometidos con las siguientes agravantes del art. 12 del Código Penal, descritas en sus respectivos números, que son:
Nº1.- Cometer los delitos con alevosía ya que obraron a traición y sobre seguro. Considérese que para los crímenes se confabularon todos aquellos que un político de este país ha llamado “los poderes fácticos”.
Nº2.- Ejecutarlos por medios que causaron grandes estragos y daños a personas. Baste con mencionar el asalto y bombardeo a La Moneda.
Nº4.- Aumentar deliberadamente el mal causando otros males innecesarios. La tortura, las detenciones y prisiones ilegales, el desaparecimiento de personas, el destierro, lo confirman
Nº6.- Abusar los delincuentes de la superioridad de sus fuerzas y armas. Recuérdese que asaltaron La Moneda con tropas y tanques y la bombardearon cuando dentro del palacio estaba el Presidente Allende con un pequeño grupo.
Nº8.- Prevalerse del carácter público del principal culpable. Téngase en cuenta que Pinochet era el Comandante en Jefe del Ejército chileno y le apoyaron diversos confabulados que revestían similar carácter.
Nº9.- Emplearon los delincuentes medios absolutamente ignominiosos. Baste con recorrer la historia de esos años y la condena que, precisamente por la ignominia de los medios empleados, aprobara la Organización de Naciones Unidas durante cada año que duró la dictadura
Nº11 Ejecutaron sus crímenes con auxilio de gente armada y de personas que dado su enorme número proporcionaron su impunidad. En efecto, los crímenes de lesa humanidad del día 11 de septiembre del 73 fueron perpetrados por los mandos de las tres ramas de las FFAA, más Carabineros e Investigaciones, arrastrando a sus tropas al genocidio.
Nº13 Ejecutaron sus crímenes con ofensa y desprecio tanto de la primera autoridad pública del país como del lugar en que éste se hallaba cumpliendo sus funciones, el palacio presidencial, patrimonio de la nación. Provocaron la muerte del Presidente de la República, asesinaron a sus ministros (casos Tohá y Letelier, por ejemplo) y destruyeron La Moneda, principal símbolo de una república democrática.
Nº18 Perpetraron los ilícitos con ofensa y desprecio del respeto que merecía el Presidente de la República, por su investidura, dignidad, autoridad, y encontrándose en su morada, natural y legítima, sin haber provocado el suceso.
POR TANTO SIRVASE SSA. ILTMA.:
En mérito de los antecedentes de hecho y jurídicos expuestos en el cuerpo de este escrito, tener por interpuesta querella criminal en contra de todos los que aparezcan responsables, civiles o militares, chilenos o extranjeros, de los diversos delitos criminales ya descritos y cometidos con ocasión del crimen que constituye el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, investigar los hechos, la conspiración, los delitos adicionales cometidos aquel día y en su momento decretar los autos de procesamiento que corresponda en la etapa procesal específica y, en definitiva aplicarles el máximo de la pena legal, todo con costas. Nuestro reclamo de justicia interpreta sin duda a la mayoría del país porque es inadmisible, jurídica y moralmente, la impunidad a este respecto.
PRIMER OTROSI: Solicitamos que, en tanto somos representantes de organizaciones nacionales que agrupan a miles de los ofendidos, se nos declare exentas del pago de fianza de calumnias.
SEGUNDO OTROSI: Pedimos al tribunal se sirva decretar las siguientes diligencias:
a) amplia orden de investigar a la Brigada de Derechos Humanos de la Policía de Investigaciones;
b) oficio a cada una de las comandancias en jefe de todas las ramas de las fuerzas armadas para que entreguen al tribunal una nómina completa de los nombres de todo el personal de cada una de las instituciones, sea Ejército, Armada o Fuerza Aérea, que participó en las operaciones golpistas del 11 de septiembre de 1973, a partir de la noche del día 10 de septiembre de 1973 y hasta la madrugada del día 12 de septiembre de 1973, ya sea en la ciudad de Santiago como en las demás ciudades del país, con especial mención de los que participaron en el asalto a La Moneda, en la ocupación de otros edificios estatales en el país y, en el caso del ejército, de cada uno de los comandantes de los regimientos militares de esa fecha a lo largo del país.
c) oficio a la Dirección General de Carabineros de Chile para que entregue al tribunal una nómina completa de todo el personal que participó en las operaciones golpistas del 11 de septiembre de 1973, a partir de la noche del día 10 de septiembre de 1973 y hasta la madrugada del día 12 de septiembre de 1973, tanto en Santiago de Chile como en todas las ciudades del país.
d) oficio a la Dirección General de la Policía de Investigaciones para que entregue al tribunal una nómina completa de todo el personal que participó en las operaciones golpistas del 11 de septiembre de 1973, a partir de la noche del día 10 de septiembre de 1973 y hasta la madrugada del día 12 de septiembre de 1973 en Santiago y demás ciudades del país.
e) oficio al Servel y a la Contraloría General de la República para que informe al tribunal de la nómina de todos los dirigentes de los partidos políticos chilenos a la época del 11 de septiembre de 1973.
f) oficio a la embajada de los EEUU de Norteamérica en Santiago de Chile para que entregue al tribunal la nómina de sus funcionarios a la fecha del 11 de septiembre de 1973.
g) oficio a la Cámara de Diputados para que informe al tribunal de quienes fueron los parlamentario promotores del acuerdo de esa Cámara de agosto de 1973 que declaró como supuestamente ilegales los actos del gobierno constitucional e informe además de qué parlamentarios votaron a favor dicho proyecto de acuerdo.
h) oficio a la Excma. Corte Suprema a fin que entregue al tribunal la nómina de los ministros que formaban parte de esa Corte a la fecha del golpe de Estado y de aquellos ministros que suscribieron una declaración relativa a una supuesta desobediencia del gobierno constitucional de la época al acatamiento de los fallos de tribunales.
i) oficio a Policía Internacional para que informe a SS. Itma., respecto de las condiciones de la salida del país del ciudadano Pablo Rodríguez Grez, jefe del grupo Patria y Libertad, tras el fracasado intento de golpe de Estado de junio del mismo año 1973.
j) oficio a las empresas periodísticas de El Mercurio y La Tercera para que remitan al tribunal ejemplares de los periódicos El Mercurio, La Tercera, La Segunda y La Tribuna de los meses de octubre de 1972 a diciembre de 1973.
k) Se cite a declarar a los periodistas señora Mónica González y señor Francisco Herreros a fin que declaren respecto de la presente querella por su conocimiento como resultado de sus investigaciones profesionales.
l) Se cite a declarar al señor Federico Willoughby Mac Donald, vocero de la dictadura y más tarde alto funcionario del gobierno de Patricio Aylwin, respecto de hechos de los que tiene un reconocido y personal conocimiento.
TERCER OTROSI: Pedimos al tribunal tener por acompañados: 1) copia en idioma español del llamado Informe Church del Senado de los EEUU de Norteamérica del mes de diciembre de 1975, en que consta buena parte de los fundamentos de la presente querella, y 2) copia de material de Wikipedia acerca del llamado Plan Zeta.
CUARTO OTROSI: Pedimos a SS. Iltma. se sirva disponer se traiga a la vista y se tenga como parte integrante de la presente acción penal, el expediente relativo al episodio del bombardeo de La Moneda, formado a partir de la investigación acerca de la muerte del Presidente Salvador Allende.
QUINTO OTROSI: Pedimos al tribunal se sirva tener presente que conferimos poder y patrocinio a los abogados señores Eduardo Contreras Mella y Alfonso Insunza Bascuñan.
2 comentarios
leonardo peña elizondo -
CARLOS Lopez Dawson -
Además es de esperar que los jueces comprendan la gravedad de tales crímenes y no apliquen penas que constituyen una burla.