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LOS INVERECUNDOS DE CHILE

NIBALDO SEGURA, RUBÉN BALLESTEROS Y PATRICIO VALDÉS, INVERECUNDOS MINISTROS DE LA CORTE SUPREMA

Segunda Sala de la Corte Suprema

dicta tres sentencias en causas

por violaciones a los Derechos Humanos

Fuente: www.cortesuprema.cl/index2.php?pagina1=noticias.php?cod=1250

La Segunda Sala de la Corte Suprema dio a conocer este jueves 27 de diciembre tres fallos por casos de violaciones a los Derechos Humanos, investigados en primera instancia por ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago, designados especialmente para estas causas.

En el proceso conocido como “Episodio Parral”, la sala integrada por los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Jaime Rodríguez, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Juan Carlos Cárcamo, confirmó la sentencia condenatoria en contra de Hugo Cardemil Valenzuela y Paulo Caulier Grant, dictada el 4 de agosto de 2003 por el ministro Alejandro Solís. Sin embargo, acogiendo la figura de la media prescripción, se determinó reducir la sentencia a Cardemil Valenzuela de 15 años y un día a 5 años, y de Caulier Grant de 7 años a 4 años, concediéndose a ambos sentenciados el beneficio de la libertad vigilada.

La decisión condenatoria fue respaldada por los ministros Rodríguez, Dolmestch y el abogado integrante Cárcamo quienes consideraron que ambos sentenciados eran responsables de los delitos de secuestro calificado. En tanto, los magistrados Segura y Ballesteros fueron partidarios de aplicar el principio de la prescripción de la acción penal y absolver a los imputados de los delitos.

En la segunda causa, conocida como “Episodio Puente Bulnes” la misma Sala, pero esta vez integrada por los ministros titulares Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Jaime Rodríguez y Hugo Dolmestch, confirmó la sentencia a Rubén Osvaldo Barría Igor por el delito de homicidio calificado en contra de 6 jóvenes, quienes fueron acribillados en el Puente Bulnes de Santiago, el 12 de octubre de 1973. Asimismo, se sentenció por el delito de homicidio frustrado de Luis Abraham González Plaza, quien sobrevivió al fusilamiento.

Barría Igor fue sentenciado a 10 años y un día de presidio, sin beneficios, en un fallo de mayoría dictado por los ministros Chaigneau, Rodríguez y Dolmestch y el voto en contra de los magistrados Segura y Ballesteros, quienes fueron del parecer de aplicar la prescripción.

Finalmente, en el proceso conocido como “Episodio Río Negro” la Sala -integrada por los ministros Nibaldo Segura, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch, Patricio Valdés y Héctor Carreño- dictó absolución en favor de Hans Eduart Schernberger Valdivia, José Hernán Godoy Barrientos, Robert Santiago Teylor Escobar, Quintiliano Rogel Alvarado, Pedro Segundo Soto Godoy y José Rómulo Catalán Oyarzún.

Los ministros Segura, Ballesteros y Valdés fueron partidarios de aplicar la figura de la prescripción; mientras que los magistrados Dolmestch y Carreño fueron partidarios de condenar a los antes indicados por el delito de secuestro calificado, y ratificar la decisión del ministro Alejandro Solís dictada el 3 de abril de 2004.

Cabe señalar que las tres causas se alegaron en días distintos por lo que la composición de Sala varía según la presencia o ausencia de magistrados.

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